1018 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA cilio, sitó en Boulevard Ballester 288 de Villa Ballester, Provincia de Buenos Aires, por personas armadas que dependía operacionalmente del Ejército Argentino. > :
En este sentido la víctima relató que el día mencionado, en horas de la noche, se presentó en su domicilio un grupo de personas armadas y se lo llevaron detenido. . Esta circunstancia se halla corroborada por los elementos de prueba que demuestran que la víctima fue mantenida en el centro "de detención conocido como "El Vesubio", que actuaba bajo el comando operacional del Primer Cuerpo de Ejército. .
En tal sentido, a los: dichos de la víctima hay que agregar los testimonios de Samuel Leonardo Zaidman y Leonardo Dimas Núñez, quienes aseguraron haber compartido su cautiverio allí con Luis Chávez. , Se encuentra suficientemente acreditado también que en ocasión de su cautiverio fue sometido a algún mecanismo de tortura.
En este sentido, a los dichos de la víctima debe unirse el indicio que se desprende del hecho de que las torturas en el mencionado lugar eran sistemáticas, y los elementos de prueba que acreditan que el resto del grupo al que pertenecía Chávez también fue torturado.
Luis Alfredo Chávez dice que recuperó su libertad el 19 de diciembre de 1978. .
. Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a Luis Alfredo Chávez fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N° 146.
CASO N° 357: VARRIN, ENRIQUE JORGE
Está probado que Enrique Jorge Varrín fue privado de su libertad el 2 de agosto de 1978 en su domicilio ubicado en la calle Italia
Compartir
40Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1018
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1018¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 309 Volumen: 1 en el número: 1018 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
