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Fallos: 308:263 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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aplicación en la especie atento a los términos inequívocos del escrito de fs. 244, que no pueden sino equivaler a un desistimiento de la pretensión recursiva. .

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se revoca en lo pertinente la sentencia apelada, y se declara firme al respecto la decisión de primera instancia en cuanto absolvió a Jorge Alberto Carballo. .

- José SEVERO CABALLERO — AUGUSTO CÉSAR
BELLUSCIO — CARLOS S. FAYT — JORGE
ANTONIO BACOUÉ.


CLAUDIO ABEL TOMAS ALMENA .
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente. .

Es arbitraria la sentencia que estableció el monto en concepto de indem- nización civil por los daños causados por el delito de lesiones culposas sin que se alcance a percibir cuál ha sido el parámetro utilizado o la pauta monetaria tenida en consideración por el tribunal para establecer el cuestionado monto, qué, Por lo demás, por su exigiiidad no se corresponde con las circunstancias probadas de la causa; esto es, la destrucción total del vehículo en que se trasladaba la víctima, la edad con que contaba al momento del accidente, su calidad de padre de familia con dos " hijos, de corta edad y, especialmente, las graves consecuencias que en su .

salud, de manera irreversible, arrojó el accidente que lo incapacitó en un 60 a 70 para el trabajo (1).

1) 13 de marzo. "Coronel, M. A. c/Segba", del 29 de agosto de 1985.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:263 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-263

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