DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS S. FAYT Considerando:
Que son de aplicación al sub lite los términos del voto en disidencia emitido en la causa L.26.XX., "Lotus S.R.L. c/Municipalidad .
de la Ciudad de Buenos Aires s/repetición" en la fecha.
Por ello, se hace lugar a la queja y se declara procedente el recurso extraordinario. Confírmase la sentencia de fs. 292/293 con el alcance señalado dicho voto.
CARLos S. FAYT. .
LILIANA INES BELFIORE v. MUNICIPALIDAD ve La CIUDAD
DE BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión Federal. Genera lidades. Hay cuestión federal suficiente si, no obstante existir óbices a la procedencia de la demanda de amparo, derivados de lo dispuesto en el art. ?° .
incs. a) y d), de la Jey 16.986, la Cámara al hacerle Jugar decretando la nulidad de una resolución disponiendo llamar a nuevo concurso para bailarina del Teatro Colón en el cual debía inscribirse a la actora, ha impuesto a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires una obligación que importa indebida - intromisión dentro del ámbito de las facultades propias del poder administrador, al sustituir a éste en la valoración de los requisitos que deben reunir los participantes del concurso de referencia y constituirse en última instancia de decisión acerca de dicho acto..
ACCION DE AMPARO: Actos u omisiones de autoridades públicas. Principios.
generales. - - .
El amparo no tiene por finalidad obviar o urgir el trámite de los procedimientos administrativos o judiciales legal o reglamentariamente previs" tos para el Jogro del resultado que con él se procura.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1726
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