cediendo que el hundimiento de la embarcación —hecho que motiva este plcito— hubiese tenido como causa el mal estado de las instalaciones portuarias, no habría sido ese el único factor causante del siniestro. ya que también se imponía computar la concurrencia de la avería que manifiesta afectaba al artefacto naval.
Reitero que esa estimación era indispensable para admitir el acceso a la tercera instancia, en razón del monto finalmente disputado y que al mo haberse cumplimentado el requisito corresponde, en mi opinión, declarar improcedente el recurso ordinario intentado. Buenos Aires, 26 de abril de 1985. Máximo 1. Gómez Forgues.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 25 de junio de 1985.
Vistos los autos: "Liebig's Extract y Vilas e/Secretaría de Intereses Marítimos y otros s/daños y perjuicios".
Considerando:
Que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal —Sala Tercera—, confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda incoada por los actores por daños y perjuicios emergentes del hundimiento de una embarcación propiedad de uno de ellos.
Contra dicho pronunciamiento, la demandada dedujo el recurso ordinario de apelación concedido a fs. 470 y fundado a fs. 477/479.
Que el apelante reitera en el memorial ame csi Tribunal lo ya expresado ante la Cámara, en el sentido de que el mal estado de las instalaciones portuarias no habría sido la única causa del siniestro, sino que sc imponía computar, en descargo de su responsabilidad, la avería que afirma que afectaba a la embarcación; pero no determina que «l porcentaje en que se reduciría la responsabilidad, y que sería el valor disputado en último término, equivaliese a un monto superior al mínimo establecido para la procedencia del recurso ordinario fundado em el art. 24, inc. 69, apartado a), del decreto-ley 1.285/58, modificado por la ley 19,912, conforme al reajuste dispuesto por la resolución del Tú
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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:1011
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