cómputos, deberá hacerlo saber por escrito al señor Prosecretario Jefe, quien resoiverá inmediatamente. En caso de considerarse agraviado en la calificación, podrá, siempre por escrito, interponer reconsideración de la misma, dentro del término de 3 días. La apelación se efectuará ante el Secretario de Superintendencia.
Genaro R. CARRIÓ. Eduardo D. Craviotto (Secretario).
HONRAS DISPUESTAS CON MOTIVO DEL FALLECIMIENTO
DEL EX PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA,
DOCTOR DON ALFREDO ORGAZ
—N" SI— En Buenos Aires, a los 13 días del mes de agosto del año 1984, reunidos ea la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Genaro R. Carrió y los señores Ministros doctores don José S. Caballero, don Carlos S. Fayt, don Augusto C. J. Belluscio y don Enrique S. Petracchi, con asistencia del señor Procurador General de la Nación.
doctor don Juan O. Gauna, Dijeron:
Que al cabo de una larga vida puesta al servicio de la República en diversos e importantes destinos, ha fallecido, el 11 del corriente, en Córdoba —donde ya fueron inhumados sus restos—, el doctor don Alfredo Orgaz, quien fue Presidente de esta Corte Suprema desde 1955 hasta su renuncia en el año 1960.
Que la desaparición de esta ilustre personalidad constituye una sensible pérdida para el país y afecta de modo especial a la magistratura, que contó co:
el inestimable aporte de su saber, de su hombría de bien y de su indeclinable vocación de justicia.
Que, en consecuencia, al recibir la luctuosa noticia del deceso del doctor don Alfredo Orgaz, el Tribunal decidió adherir al duelo y encomendar su representación en el velatorio y sepelio a la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, como asimismo, enviar una ofrenda floral y un telegrama de pésame.
Que sin perjuicio de ello, corresponde ahora disponer que se rindan les demás honores con los que esta Corte desea testimoniar la ponderación que merecen los patrióticos servicios que el digno ex Presidente prestó desde su elevado cargo.
Resolvieron:
19) Tzar la bandera a media asta en el Palacio de Justicia y en todos los tribunales nacionales por el término de tres días.
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:47
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