2") Disponer que se coloque su retrato en la Sala de Acuerdos del Tribunai.
3 Incluir su nombre en las tablas de honor de la Corte Suprema.
4 Hacer llegar copia del presente acuerdo a la familia del extinto.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. GENaro R. CARRIÓ -— Josí S. Canartero — Canos S. Fyr — AUGUSTO C. J, BerLuscio — ENRIQUE S. Perraccin — Juan O. Gauna. Eduardo D. Craviotto (Secretario).
FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS
—No $2.
En Buenos Aires, a los 13 días del mes de agosto del año 1984, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Genaro R. Carrió y los señores Ministros doctores don José S. Caballero, don Augusto C. J. Belluscio y don Enrique S. Petracchi, con la presencia del señor Procurador General de la Nación, doctor Juan O. Gauna.
Consideraron:
19) Que en la nota dirigida a esta Corte, el señor Fiscal Federal dz Jujuy, invocando sus derechos de ciudadano, efectúa una crítica, vehemente y falta de toda ponderación, del prócer Juan Bautista Alberdi y, para ello, reprocha al Tribunal el homenaje que le rindió en ocasión del centenario de su muerte.
2) Que no es propósito del Tribunal negar a ningún habitante del país el detecho a expresar sus opiniones sobre el pasado argentino y el juicio de valor que l le merezcan sus hombres y sus actos, y tampoco el de criticar a los magistrados aun en forma injusta o áspera.
3") Que en este orden de ideas ha afirmado esta Corte que la Constitución garantiza "ol ejercicio de la libre crítica de los funcionarios por razón de actos de gobierno, ya que ello hace a los fundamentos mismos del régimen republicano" Fallos: 269:189 y 200).
4 Que no obstante ello, los integrantes del Poder Judicial no deben hacer valer, como vehículo de expresión apasionada de sus posiciones políticas las vías de carácter institucional sólo destinadas al tratamiento de los asuntos que tienzn relación directa con el ordenado servicio de la administración de Justicia,
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:48
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