cias judiciales. Ello así, pues en el art. 17, ap. e). de la ley 22.192 aplicable al caso, se prevé como límite de la sanción disciplinaria de suspensión el término de dos años, por lo que resulta claro que la decisión apelada excedió el máximo legalmente previsto: p. 1447.
7. Teniendo en cuenta que la medida dispuesta —destitución— se encuentra dentro de las que está autorizado a imponer el Tribunal de Superintendencia Notarial y que la responsabilidad de los escribanos por su mal desempeño en 11 función puede acarrear sanciones de distinta naturaleza que no se excluyen.entre «sí ni tienen por qué guardar necesariamente proporcionalidad (arts. 52, inc. fi. y 33 de la ley 19.900 v art. 59, inc. c), del decreto 26.655/51), es improcedent:
el recurso extraordinario deducido contra aquélla, ya que el pronunciamiento administrativo es independiente del penal en razón de ser distintas las finalidades perseguidas y los bienes jurídicos tutelados en cada uno de ellos: p. 1566.
8. Corresponde llamar la atención a la parte actora y su letrado patrocinante si, en su desempeño ante la Corte Suprema, han excedido los límites de su ministerio utilizando expresiones ajenas al correcto estilo forense y contrarias a la consideración debida a los,/magistrados: p. 2065.
SECRETARIA DE COMERCIO
Ver: Constitución Nacional, 188, 189.
SECRETARIO DE JUZGADO
Ver: Superintendencia, 16.
SECUESTRO
Ver: Constitución Nacional, 165. 167; Exhorto. 1: Jurisdicción y competencia, 71, 228, 275; Recurso extraordinario, 286.
SECUESTRO EXTORSIVO
Ver: Jurisdicción y competencia. 197, 19: Recurso extraordinario. 286.
SEGURIDAD SOCIAL
Ver: Ley, 7: Obras sociales. 1
SEGURO
Ver: Daños y perjuicios. 14; Jurisdicción y competencia. 78: Recurso evtraordinario, 15, 378, 400, 435. 442. 467, 587. 631.
SEGURO DE VIDA
Ver: Recurso extraordinario, 378,
SENADO NACIONAL
Ver: Superintendencia, 14.
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:2574
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