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Fallos: 305:39 de la CSJN Argentina - Año: 1983

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MATRICULA DE ABOGADOS, PROYECTO DE REFORMAS
A LA LEY 22.192 —N" 166 Buenos Aires, 22 de febrero de 1983.

Visto este expediente $-4540/80 de Superintendencia, y Considerando:

1) Que por ley 22.192 se confirió a la Corte Suprema el carácter de responsable del contralor de la Matrícula de Abogados, otorgandosele lo concerniente a su organización y funcionamiento, como asimismo la facultad de decisión sobre la procedencia de los pedidos de inscripción y suspensiones provisionales con motivo de las inhabilidades que afectan a los abogados.

2) Que en la práctica, la aplicación de dichas normas ha producido una serie de inconvenientes, originados no solamente en la superposición de las funciones propias de la Corte con las del Tribunal de Etica Forense —quien se halla- en mejores condiciones de valorar las reglas de conducta profesionales de los abogados—, sino también en la imposibilidad de dar adecuada solución a situaciones de injusticia.

3) Que ello as. corresponde propiciar ante el Poder Ejecutivo Nacional la reforma de la ley 22192 relativa al Ejercicio de la Abogacía.

Por lo que, se resuelve:

Encomendar al señor Presidente del Tribunal libre oficio al señor Ministro de Justicia de la Nación, remitiendo a su consideración y estudio el pertinente .

proyecto de ley de reformas a la ley 22.192 de Ejercicio de la Abogacía y Creación del Tribunal de Etica Forense elaborado por esta Corte, Anorro R. GaMIENTE — AveranDo EF. Rosst-— Enías P. GUAsTavino — CAnLos A. RENom.

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:39 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-305/pagina-39

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