cordia fueron comisionados por orden superior para efectuar un operativo de prevención en la ciudad de Federación. En el lugar, actuaron bajo las órdenes del Jefe Departamental de Federación, Comisario Principal Roque Clementino -Gramajo, mientras que en los operativos realizados fuera de la Jefatura de Federación el Cuerpo de Infantería de Concordia actuó conducido por el oficial José Ramón Méndez. En el operativo citado, se les imputa la comisión de los siguientes hechos: 1) a las 22 horas aproximadamente el Cuerpo de Infantería, con carros de asalto portando armas largas, pistolas lanza-Bases y balistones llegaron a un bar donde requisaron y golpearon con los elementos que llevaban, como también con los puños y puntapiés, a gran cantidad de obreros, a los que detuvieron y llevaron a la Jefatura de Federación; 2) un operativo similar, en el club San Lorenzo de la vieja ciudad de Federación; 3) la interrupción de una fiesta familiar realizada en un domicilio particular donde sin autorización ni motivo alguno detuvieron a los hombres, a quienes golpearon con los elementos que portaban conduciéndolos a la Jefatura de Federación; 4) otro operativo similar, al realizar un procedimiento en el bar del barrio San Lorenzo de la vieja ciudad de Federación, donde lesionaron y detuvieron a varias personas. Todos los detenidos fueron llevados a la Jefatura donde fueron sometidos a apremios ileBales, en los que habrían intervenido también personal de la policía local.
Como consecuencia de los hechos así descriptos, resultaron con lesiones numerosas personas de las cuales 46 comparecieron en autos.
Como consecuencia de todo ello, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la ciudad de Concordia condenó al Jefe Departamental de Federación, Comisario Principal Roque Clementino Gramajo, y a los oficiales de la policía de Concordia, José Ramón Méndez y Jorge Evrique Furlanetto, como autores de los delitos de privación ilegal de la libertad y vejaciones en concurso ideal con lesiones leves cometido en forma reiterada; a los funcionarios de la policía local, Sotelo, Compri y Depreto, como autores del delito de vejaciones en concurso ideal con lesiones leves en forma reiterada, y a los restantes procesados como partícipes principales de privación de la libertad y vejaciones en concurso ideal con lesiones leves cometido en forma reiterada.
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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:1060
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