expone argumentos suficientes de esa naturaleza que, al margen de su acierto o error, bastan para sostenerla e impiden su descalificación como acto judicial (1).
LOS NUEVOS S.A.L. v. MUNICIPALIDAD DE 11 CIUDAD ve
BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.
Fundamento.
Es improcedente el recurso extraordimario deducido contra la sentencia que —con apoyo en el art. 38 de la ley 18.360— hizo lugar a la demanda de repetición de impuestos abonados por quien explota un establecimiento mercantil en un "ámbito perteneciente a Ferrocarriles Argentinos". Ello así, pues el escrito mediante el cual se dedujo el remedio federal no satis.
facz el requisito de fundamentación autónoma que exige el art. 15 de la ley 48 y la jurisprudencia de la Corte, toda vez que la recurrente no impugna la conclusión del a quo en el sentido que la Municipalidad demandada carece de legitimación para cuestionar la validez constitucional de la ley 18.380, sobre la hase de que ésta conculca la garantía de igualdad ante la ley y desconoce la limitación temporal que la Carta Magna impone a la potestad del Poder Legislativo de acordar determinados privilegios (art. 67, inc. 16) (°).
ISABEL MIGUEZ
ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS JUDICIALES.
La presunta interpretación arbitraria de las normas que regulan el juicio ejecutivo que el denunciante imputa a la magistrado, sólo pone de manifiesto, cualquiera fuera el acierto o error de la actuación de la Juez, su ') 21 de mayo. Fallos: 274.462; 278:135 ; 297:140 .
2) 21 de mayo. Fallos: 280:421 ; 281:288 ; 283:404 ; 295:09 y 691; 296:093 .
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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:741
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