libertad, deberá indicarse sin que pueda haber Jugar + dudas 0 4 interpreta ciones diversas que ella deberá hacerse efectiva desde el mismo Centro de Detención Judicial.
20) Hacer saber a dichos magistrados que la orden de hbertad que deba cumplirse desde el Centro de Detención Judicial no podra contener la condición de que el detenido no remístre orden de captura o no se encuentre a «disposición de otro magistrado, por cuanto las autoridades de dicho órgano carecen de los elementos necesarios para establecer con certeza esas cirennstancias, 30) Hacer saber a las autoridades del Centro de Detención Judicial del Pahicio de Justicia que no podrán hucer efectiva desde esa sede libertad alguna cuya orden no se ajuste a lo aquí dispuesto. Avorro KR. Ganmess —— ABELARDO F. Rossa — Pento J. Fnías — Etias P. GUASTAvINo — Césan Brack,
OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES, SUPRESION DEL
ART. 91 DE SU REGLAMENTO
—No 13En Buenos Aires. a los 29 días del mes de mayo de 1981, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente de la Corte Suprema de Jus ticia de la Nación doctor don Adolfo NR. Gabrielli y los señores jueces- doctores don Abelardo F. Rossi, don Pedro J. Frías, don Elias P. Guastavino y don César Black, con la presencia del señor Procurador Genera! de la Nación don Mario Justo López.
Consideraron:
Que el art. 91 del Reglamento para la Organización y Funcionamiento de la "Oficina de Mandamientos y Notificaciones para la Justicia Nacional de la Capital Federal", Capitulo Instmeciones al Personal, en tanto dispone que la facultad de denunciar domicilios para accionar sobre bienes o personas, 10 €S válida para denunciar otro domicilio a los fines de la intimación al requerido, excepio que elara y concretamente se determine este alcance en el mandamiento, resulta incompatible con las disposiciones de la ley N 22.172 (B. O.
29-2-80).
Que, en efecto, el art. 87 de la referida ley en su segundo piro esto blece que las personas autorizadas para diligenciar los oficios, cédulas y mandamientos, "salvo limitación expresa, asumen todas las obligaciones y ejercen todos los derechos del mandatario judicial, inclusive el de sustituir la autorización. Es
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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:19
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