por la Corte en el caso "Frave gi que se cita en su dictamen, puesto que se ha comprobado ya la inexistencia de los bienes en los domicilios denunciados y no sólo la ausencia en «llos del deudor prendario, la averiguación practicada no resulta suficiente, aún, para fundar una decl:ración de incompetencia, Que ello es asi, porque decisiones de ese alcance deben hallarse precedidas de la investigación necesaria para encuadrar el caso, prima facie, en alguna figura determinada, pues sólo respecto de un delito concreto es que cabe pronunciarse sobre el lugar de su comisión y.
sobre tal base, acerca del juez a quien competa investigarlo y juzgarlo Fallos: 263:435 ; 284:387 y muchos otros).
Por ello, de conformidad. en lo concordante, con lo dictaminado por el señor Procurador General, se resuelve que, por ahora, debe continuar entendiendo en esta causa el señor Juez en lo Criminal y Correccional Federal a cargo del Juzgado N° 3 a quien se le remitirá. Háguse saber al señor Juez Federal de San Martín y al señor Juez en lo Penal de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.
Avorro R, Ganmuett: — ABELAnDo F. Rosst — Promo J. Frías — Etías P. GUastavino.
JAIME SAGARRA MARTI
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Cuestiones de competencia, Intervención de la Corte Suprema.
art. 24, inc, 77. del decreto-ley 128559. relormado por el art. 25 de la ley 17.116, encomienda La solución de conflictos que se planteen entre jueces nacionales de p mera instanca a la Cámara de que dependa el juez que primero hubiese conocido (°).
1) 7 de agosto, Fallos: 273:343 ,
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:855
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