2 de la resolución 3156/73, tales como la expedición de un testimonio de los estatutos sociales o la rúbrica de los libros, actos ambos en los que interviene el Estado otorgante cumpliendo una prestación que apareceria desprovista de sentido de no existir la resolución que le sirve de antecedente.
Por lo expuesto, opino que V. E. debe revocar la sentencia apelada, mandar dictar nuevo pronunciamiento sobre el punto con arreglo al criterio expuesto y sobre los restantes que cobren actualidad como consecuencia de la modificación propiciada. Buenos Aires, 31 de julio de 1979. Mario Justo López.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de junio de 1980.
Vistos los autos: "Movimiento Scout Argentino c/Estado Nacional Ministerio de Justicia) s/inconstitucionalidad, nulidad y revocación de acto administrativo".
Considerando:
1) Que la Sala 1 en lo Contenciosondministrativo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y contenciosondministrativo, revocando el fallo de la instancia anterior, hizo lugar, en parte, a la demanda interpuesta por el Movimiento Scout Argentino y declaró la nulidad de la resolución N° 95/76 del Ministerio de Justicia de la Nación, revocatoria de la N° 3156/73 dictada por la Inspección Generil de Personas Jurídicas que había autorizado a aquella asociación a funcionar con el carácter de persona jurídica (fs. 94/96).
Sustuvo el a quo que, aún admitiendo que la decisión cuestionada adoleciera de un vicio de nulidad ubsoluta, por haber sido emitida sin la previa eutorización escrita de la actual Institución Nacional de Scoutismo Argentino —exigida por decreto del 13 de noviembre de 1917—, no podía ser dejada sin efecto en sede administrativa por configurarse la excepción prevista en la última parte del art. 17 de la ley 19549, al haber funcionado la uctora durante más de dos años con el carácter acordado por aquella disposición.
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:549
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