140 ACUERDOS DE LA CONTE SUPREMA h) Llevar el registro patrimonial de las obras y revistas jurídicas de todos los tribunales y organismos del Poder Tudicial de la Nación; i) Elaborar un catálogo en fichas de las obras y revistas jurídicas de cada una de Jas bibilotecas, excepto de las que integran la Biblioteca Central:
) Coordinar y supervisar periódicamente la labor que desarrollan las bibliotecas; k) Intervenir en la elaboración de arqueos a realizarse con motivo de las altas y bajas de magistrados y funcionarios; 1) Espedirse sobre la conveniencia de aceptar o rechazar donaciones o les gados de material hibliográfico; ll) Prestar asesoramiento bibliográfico jurídico legal a los tribunales y organismos del Ministerio Público que lo soliciten; m) Establecer intercambio de informaciones y de publicaciones con imstituciones públicas y privadas nacionales y extranjeras vinculadas con el área jurídico legal 1) Apoyar el préstamo imterbibliotecario con organismos e instituciones del área juridico legal; ñ) Supervisar las gestiones que realicen las bibliotecas para el establecimiento de canje de publicaciones; 0) Realizar reuniones de bibliotecarios del Poder Judicial y dictar cursos de perfvecionamiento; p) Mantener contacto permanente con las autoridades jurídicas del país y del extranjero, con el fin de agilizar las adquisiciones de obras jurídicas; q) Preparar Eoletínes informativos legales y doctrinarios y trabajos de divulsución juridica r) Elevar anmalmente a la Corte Suprema una memoria de la labor cume plida.
Artículo 6" - Dirección, — La Dirección de Bibliotecas del Poder Judicial de la Nación estara a cargo de un Director. En caso de ausencia o impedimento del mismo, rá sustituido por el Jefe de la Biblioteca Central, con todas las facultades y obligaciones impuestas al cargo.
Artículo 75 - Titulo. — El Director de Bibliotecas deberá ser bibliotecario graduado,
TITULO UI - BIBLIOTECA CENTRAL DE LA CORTE SUPREMA
Artículo 57 - Misión. — La Biblioteca Central de la Corte Suprema tiene como misión: seleccionar, adquirir, procesar y conservar térnicamente las obras y publicaciones periódicas que integran su acervo bibliográfico y documental, con el fin de suministrar información bibliográfica jurídico legal a los magistrados y
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:40
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