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Fallos: 291:117 de la CSJN Argentina - Año: 1975

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AÑO 1975 — MARZO
NACION ARGENTINA v. ELENA GREGORIA ETCHEVARNE y OTROs

REIVINDICACION.
Corresponde hacer lugar a la reivindicación de tierras promovida contra el Fisco Nacional, que no tuvo posesión ni realizó actos de ocupación efectiva de ellas, aunque actuara como dueño al cederlas, si los ocupantes —que lo fueron desde 1914 hasta 1950, y de los que no hay prueba que hubiesen sido meros cuidadores, demostraron haber utilizado el predio para pastoreo y realizado actos jurídicos propios de poseedores. La falta de título es suplida en el cuso por la posesión "ánimus domini" durante tan largo lapso conjueces).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de marzo de 1975, Vistos los autos: "Fisco Nacional c/ Etchevame Elcna Gregoria y otros" sobre reivindicación de las tierras descriptas a fs. 15 vta. del escrito de demanda, delimitadas en el plano corriente de fs, 91 a 94 del expediente del Ministerio del Interior N° 11.596 P., y la contrademanda —fs. 18, que por reivindicación de las mismas tierras deducen los demandados a causa de que en 1950 se les privó por un acto de fuerza de la posesión que sostienen haber detentado hasta entonces sin interrupción.

Y Considerando:

Que mientras el Fisco actor invoca título de dominio que tendría su origen en el traspaso de estas tierras a la Corona de España con motivo del extrañamiento de la Compañía de Jesús, su dueña originaria, dominio del que vino a ser titular el gobierno patrio a raíz de la independencia, los demandados sostienen por su parte que su antepasado, Don Miguel Etchevarne las ocupó, "animus domini", desde 1855. Si bien, años después, el Sr. Etchevame habría figurado según la actora, ante el Estado Nacional como arrendatario, en 1883, su esposa, Da. María Miranda, se niega a pagar arrendamiento invocando condición de posce

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Año: 1975, CSJN Fallos: 291:117 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-291/pagina-117

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