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Fallos: 29:347 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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90 barriles de aguardiente de Tucuman, en tránsito para Bolivia, entró á la ciudad por el puente de San Bernardo y pagó el derecho de piso; que la carga pasó al camino de Bolivia por la Quebrada del Toro, y él se quedó para solicitar la guía, que no pudo obtenerla por ausencia del rematador que debía dársela, y se fué á atender á los carros, con ánimo de volver al dia siguiente por la guía; que presentó al guarda de la Quebrada el recibo del derecho de piso que habia pagado, y mientras disponia la marcha de la tropa, esta le fué embargada por el Comisario del Departamento del Rosario, á peticion de D. José Tiseyra, que lo había demandado por dobles derechos, cuya demanda contestó alegando que los efectos en tránsito no pagaban derechos; que el Juez le ordenó presentára la guía, y Tiseyra, á quien la pidió, se la negó diciendo que era inoportuna.

Por estos hechos demandó á Tiseyra, ciudadano argentino, por los daños y perjuicios que le causó con el embargo, motivado por un cobro contrario al artículo 11 de la Constitucion Nacional,
AUTO DEL JUEZ FEDERAL
Salta, Agosto 17 de 1885, Resultando, segun los términos de este escrito, la incompetencia del Juzgado, con arreglo al artículo 3" de la Ley Nacional de Procedimientos, se rechaza la presente demanda, y archívese.

Figueroa.

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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:347 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-29/pagina-347

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