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Fallos: 29:24 de la CSJN Argentina - Año: 1885

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CAUSA CXV
A. Delor y €, contra D. Pedro Cartier: sobre daños y perjuicios, Sumario. — 1° Declarada la falsificacion de una marca de fábrica, procede la accion por indemnizacion de los daños y perjuicios causados por la falsificacion.

2" Entre estos, se comprenden las costas causadas en el juicio que tuvo que seguirse para hacer declarar la falsificacion, sin que obste que en dicho juicio no se dictó la condenacion en costas.

Caso. —D. Pedro Cartier fué demandado ante los Tribunales Federales por los señores A. Delor y C°, por falsificacion de la marca de fábrica del licor « Aperital ».

Aunque absuelto en 4° Instancia, la Suprema Corte, por fallo de 5 de Diciembre de 1882 (1) declaró la falsificación, y condenó á Cartier á pagar la multa de 25 pesos, y á no poder usar en lo sucesivo de la marca que empleaba en el espendio de su licor, En Mayo de 1883, A. Delor y C", entablaron demanda con1) Tomo 15, serio ?, pig. 545.

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Año: 1885, CSJN Fallos: 29:24 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-29/pagina-24

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