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Fallos: 288:315 de la CSJN Argentina - Año: 1974

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En todas partes la recepción fue conforme a la jerarquía del cargo, reiterándose en todo momento los conceptos encomiásticos sobre el valor de la visita y sobre el acierto de la medida que la dispusiera.

Y. — Juzgado Federal de Río Gallegos.

El miércoles 13 de febrero me trasladé por vía aérea a Río Galle595 donde me esperaban el Juez Federal Dr. Eduardo E. Irigoyen y sus Scerctarios Dres, Eduardo S. J. Maríni y Adolfo Tamini. El cargo de defensor está vacante y el Fiscal Dr. Osvaldo E, L. Zanni se hallaba en so de licencia ordinaria, pero me presentó sus saludos con motivo de la escala que debi hacer en Río Gallegos al regreso de Ushuaía, A falta de disponibilidad en el Hotel de la Ciudad, fui alojado en el Casino de Oficiales de la Unidad Penitenciaria (Unidad 15) a cargo el Alca? Mayor Miguel Angel Hormueche y Alcaide Raúl Alberto Pazos, donde recibi debida atención.

El Juzgado Federal funciona en un edificio de cierta antigúedad pero muy satisfactorio, lo mismo que la vivienda del Juez contigua al mismo edificio. Adviértase, sin embargo, que la calefacción (muy necevaría en atención a lo riguroso del clima invernal de la zona) es muy antigua e insuficiente; está pendiente del pedido de su conversión a gas y diversas reparaciones.

La Secretaria Electoral funciona en un edificio que comprende la vivienda del Secretario, También puede considerárselo satisfactorio, ya que sí bien al tiempo de la visita se hallaba pendiente un pedido de ampliación, su plano y presupuesto fue aprobado por la Corte a mí pedico antes de la fecha del presente informe, En orden a los muebles, la provisión es considerada suficiente. Resta sólo el suministro de algunas mesas solicitadas. El Ministerio del Interior efectúa además una holgada remesa de fondos para atender a las necesidades de equipamiento en épocas de elecciones.

En la provisión de libros ocurre algún pequeño déficit, no tan acusado como el que se observa en otras sedes del interior. El Magistrado me hizo saber que formiará el pedido correspondiente.

El personal del Juzgado es suficiente y desempeña sus tareas con normalidad. Obsérvase, sin embargo, que el personal de la Secretaria Electoral asciende con extrema lentitud al punto que hay agentes con más de 20 años en el cargo. En cuanto a la organización adviértese que al tiempo de la visita se hacia sentir la vacancia al cargo de defensor

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Año: 1974, CSJN Fallos: 288:315 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-288/pagina-315

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