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Fallos: 287:343 de la CSJN Argentina - Año: 1973

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admitió se hizo inapelable pora ¿l, en los términos del art. 150, pármlo Binal, del Código Procesal, tal decisión es, por su naturaleza, inevisable em la los tancia extraordinaria y no tic e relación directa e inmediata con la garantís constitucional de la defensa en juicio (1).

ISRAEL SZPITALNY
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propics. Cuestiones no federales. interpretación de normas locales de procedimientos. Coros varios.

La interpretación de las normas del Código de Procedimientos en lo Criminal testo según la ley 20.516) referentes a la eximición de prisión y a la excarcelación es materia ajena a la jurisdicción extraordinaria de la Corte (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Rescluciones anteriores a la sentencia definitica. Varias, Lo resuelto acerca de la improcedencia de la eximición de prisión 80 cometituys sentencia definitiva a los efectos del recumo extraordinario (9).

1) 90 de noviembre, 2) 90 de noviembre.

3) Fallos: 245:546 , 265:530 .

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:343 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-287/pagina-343

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