Que siendo coincidente en la actualidad su opinión con aquella doctrina, y en lo pertinente con el voto del Dr. Risolía, se pronuncia por la confirmación de la sentencia recurrida.
Por ello, habiendo dictaminado el Señor Procurador General, se confirma La sentencia de 15250 en cuanto fue matería de recurso.
Mancanira Ancúas.
S.A. PANAIE DO BRASH
EXVHORTO: Cumplimiento, Curresponde mantener la decisión del juez en lo comercial —confirmada por la Camara. que, con arregla + hs arts, 7 y 89 de la ley 11.719, dispuso el sorteo y la designación de un simbico para la Tiquidación de los bienes de la sucunal que una firma extranjera tiene instalada en la Ciudad de Buenos Aires, aunque el magistrado de Brasil, con invocación del tratado aprobado por la ley 1052, hava convalidado la designación allí efectuada por el Síndico para que un representante suyo actúe en la Nepública en ejercicio de cas funciones, Dicrames mer Procunanor GENERAL Suprema Corte:
Del.temo del Acuerdo que con el Brasil, para regularizar la ejecución de cartas pr ha concertado nuestro país con fecha 14 de febrero de 1880 y ratificado por la ley 1052, no surge que de las disposiciones pertinentes aparezcan las facultades que pretende ejercer el apelante y que enumera «e talladamente el exhorto en cuestión.
En efecto, luego de expresar que "las competentes autoridades judiciales de cada uno de los paños darán cumplimiento a los exhortos 0 cartas rogatorias que les fueran dirigidas por las del otro" Cart. 1), agrega que los exhartos] materia criminal serán limitados a citación, juramento, interrogaod E e E a o remi -de documentos, y cualesquiera diligencias que importen esclareciintento para formación de culpa" Cart. 2), y finalmente, dice que "Is exhoros en materia civil, podrán comprender, además de lo que queda especificado en el artículo anterior, la avaluación, la inspección y todas las diligencias que importen a la decisión de las causas" Cart. 3.
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Año: 1972, CSJN Fallos: 283:109
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