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Fallos: 27:47 de la CSJN Argentina - Año: 1884

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mandó por jactancia á la Provincia de Santa Fé por haber protestado, atribuyéndose derechos de propiedad, contra la venta de dichos campos encargada por él á los martilleros A. Bullrich y C°, que la habian anunciado por los periódicos.

Conferido traslado, el representante de la Provincia alegó que los anuncios de venta espresaban que se hacia por liquidacion de una sociedad, y que no hallándose justificado que todos los miembros de esa sociedad eran vecinos de distinta Provincia Ú estrangeros, la Suprema Corte no podia entrar á conocer en la demanda.

Bazan contestó que la escritura de los campos estaba en su nombre, y que los martilleros habian anunciado que se hacia la venta por liquidacion de una sociedad, tal vez, por creer que esto favoreceria el resultado del remate.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires. Marzo 21 de 1884, Suprema Corte:

Consta, en efecto, de la escritura agregada á foja 25, que las 167 leguas que dan lugar á esta cuestion han sido escrituradas á nombre esclusivo de Don J. M. Bazan, y, entre una escritura pública, y lo que pueda haber dicho el rematador. V. E. no puede vacilar. .

Creo, por esto, destituida de fundamentos la excepcion opuesta por parte del representante del Gobierno de Santa Fé, Eduardo Costa.

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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:47 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-47

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