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Fallos: 27:45 de la CSJN Argentina - Año: 1884

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parte « :1 Banco de la Provincia sobre litis-pendentia en la acusacion que ha promovido contra él D. Marcelino Magdaleno, por infraccion de la ley de unidad monetaria de 5 de Noviembre de 1881, pidiendo la aplicacion de dos multas de 50,000 $f. cada una, de acuerdo al artículo 16 de la citada ley, y considerando que el juicio iniciado por D. José C. Soto contra el mismo Banco, es distinto del que promueve hoy Magdaleno, en cuanto á las personas que intervienen y á los propósitos mismos y fundamentos de la acusacion, como se desprende de la comparacion de los espedientes respectivos, traidos á la vista del Juzgado, pues en aquel se funda la acusacion en el hecho de haberse aumentado la circulacion de billetes de 20 $ y menores de esta suma, de la antigua moneda de Buenos Aires despues de 30 dias de promulgada la ley y antes de vencerse el plazo de 2 años; mientras en este se le funda en no haberse recojido toda la emision fraccionaria, despues de vencidos los dos años: por lo primero se pide lu aplicacion de una sola multa y por lo sugundo la de dos multas correspondientes á dos infracciones acusadas.

Por estos fundamentos, fallo: no haciendo lugar, con costas, 4 la excepcion de litis-pendentia opuesta por el Banco de la Provincia; en su consecuencia, conteste derechamente en el terreno de ley, á la demanda contra él interpuesta por Don Marcelino Magdaleno.

Repónganse los sellos y hágase saber, notificindose con el original.

Andrés Ugarriza.

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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:45 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-27/pagina-45

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