mandar suspender los proccdimientos del Juez de 1" Instancia de Gualeguaychú, en cuanto se relacionan con este juicio. Elé= vense los antecedentes á la Suprema Corte, y ofíciese al Juez de Gualeguaychú para que se sirva elevar los suyos, á fin de que recaiga la resulucion que corre: ponda.
M. de T. Pinto.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
El actor ha ocurrido al Juzgado Federal en razon de serel demandado, don Jueobo Spargenberg, Vice-Cónsul del Imperio de Alemania, y es este el único fundamento en que el Sr. Juez apoya su jurisdiecion, foja 16.
Pero esto no basta. La accion se dirige contra D. Jucobo y D.
Juan Spargenberg, y ha debido probarse que este último se encuentra tambien en el caso de demandar ó -er demandado ante los Tribunales de la Nacion.
Mientras tanto, y por esta soli causa, la Justicia Federal carece de jurisdiccion y así ha de servirse V. E, declararlo.
Eduardo Costa.
Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre $ de 1684, Vistos: Por los fundamentos del anto del Juez de Primera Instancia en lo Civil de la Ciudad de Gualeguayehú, que ecrre á foja once vuelta del segundo espediente remitido ante esta Corte, y de conformidad con lo espuesto y pedido por el señor y. xvi u"
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Año: 1884, CSJN Fallos: 27:165
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