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Fallos: 264:465 de la CSJN Argentina - Año: 1966

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AGIO.
Ver: Abastecimiento, 2; Jurisdieción y competencia, 1: Recurso extraordinario, 55, 155.

ALCOHOL. -
Ver: Impuestos internos, 1, 2, 3 4

ALIMENTOS.
Ver: Recurso extraordinario, 150.

ARANCEL.
Ver: Honorarios de abozados y procuradores, 1.

ARCHIVO.
Ver: Prueba, 2.

ARRENDAMIENTO.
Ver: Con-tiución Naeienal, 37.

ARRENDAMIENTOS RURALES.
Ver: Constitución Naelonal, 1, 9, 20, "21, 37. 5 24, 35, 36. 35: Reeuso extraordinerio, 12, 43, 162.

ASOCIACIONES PROFESIONALES. .
Ver: Constitución Nacional, 41; Recurso de amparo, 7; Recurso extraordinario, 41, 46, 49.

AUTOMOVILES.
Ver: Exhorto, ?; Provincias. 1.

B

BANCO (').
1. La resolución del Banco Central que ennerta la antorización acordada a un baneo para funcionar dentro del régimen de la ley de bancos y para operar en cambios y dispone su liquidación, conforme al art. 14 del decreto-ley 1:3 .127/57, es siscoptible del recurso de apelación previsto en el art. 32 del citado cuerpo legal. Si hien el ejercicio de las facultades conferidas al Banco Central en la materia no requiere decisión judicial previa que declare procedente el retiro de la autorización, ello no importa eximirlo del control judicial, exigencia genérica del art. 18 de la Constitución Nacional: p. 165.

1) Ver también: Banco Central, 1; Recurso extraordinario, 157, 178.

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Año: 1966, CSJN Fallos: 264:465 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-264/pagina-465

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