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Fallos: 258:362 de la CSJN Argentina - Año: 1964

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CAMARAS PARITARIAS DE ARRENDAMIENTOS Y APARCERIAS
RURALES.
Ver: Recurso extraordinario: 162, 164.


CARTA DE CIUDADANIA.
Ver: Constitución Nacional, 43.


CARTA DE POBREZA.
Ver: Constitución Nacional, 34.

CAUSA CIVIL.
Ver: Jurisdicción y competencia, 24, 28, 30, 31, .

CESANTIA (').
1. Es prestación similar, a los efectos del art. 36 de la ley 15.796, aquélla cuyo monto la equipara a una jubilación ordinaria al superar el 80 "tc de esta última: p. 10.

CIUDADANIA Y NATURALIZACION (:).
1. El requerimiento de informes a los organismos de seguridad, a los efectos de decidir las causas sobre ciudadanía, se ajusta a las disposiciones de la ley 346 y su reglamentación: p. 215.

CODIGO DE JUSTICIA MILITAR. ra Ver: Reeurso extraordinario, 65. "

CODIGO PENAL.
Ver: Recurso extraordinario, 59.

CODIGOS COMUNES.
Ver: Constitución Nacional, 39; Legislación enmún, 1, 2; Recurso extraordinario 45.

COMBUSTIBLES.
Ver: Recurso extraordinario, 26; Repetición de impuestos, TN r 1. El comiso, que no es un procedimiento exelusivo del rézimen aduanero, puedo sobrevenir también coo consecuencia del ejercicio del poder de policía: p. 121.

COMPRAVENTA.
Ver: Jurisdicción y competencia, 4 a Ver también: Empleados ferroviarios, 1; Empleados públicos, 1, 2, 3; Recurso extraerdinario. 21: Sup rintendencía, 1, 2) Ver también: Comtitación Naciona", 14, 15, 16, 4; Recurso extraordinario, 15

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Año: 1964, CSJN Fallos: 258:362 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-258/pagina-362

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