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Fallos: 248:857 de la CSJN Argentina - Año: 1960

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CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO PENAL
ECONOMICO.
Ver: Superintendencia, 10,
CAMARAS NACIONALES DE APELACIONES.
Ver: Corte Suprema, 2; Jueces, 2; Recurso extraordinario, 132, 160, 290; Recurso por reiardo o denegación de justicia, 1; Superintendencia, 1, 2, 4, 10.


CAMARAS PARITARIAS DE ARRENDAMIENTOS RURALES.
Ver: Constitución Nacional, 3, 40, 47; Costas, 2; Jurisdicción y competencia, 7, 11, 23; Recurso extraordinario, 18, 20, 21, 224, 299, 300, 312.

CAMBIO.
Ver: Recurso extraordinario, 181,

CARGO JUDICIAL.
Ver: Superintendencia, 10.

CATEDRA.
Ver: Reeurso extraordinario, 2.

CAUSA CIVIL.
Ver: Jurisdieción y competencia, 9; Ren sión de autos, 1,
CEDULA DE IDENTIDAD,
Ver: Jurisdicción y competencia, 39.

OBREALES.
Ver: Recurso extraordinario, 222.

CESANTIA.
Ver: Recurso extraordinario, 238, 239.


CESION DE DERECHOS.
Ver: Recurso extraordinario, 22, S1, 114,

CINEMATOGRAFO.
Ver: Recurso extraordinario, 68, 237.

CODIGOS COMUNES.
Ver: Legislación común, 2.


COEFICIENTE DE DISPONIBILIDAD.
Ver: Expropiación, 1.

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Año: 1960, CSJN Fallos: 248:857 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-248/pagina-857

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