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Fallos: 244:113 de la CSJN Argentina - Año: 1959

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la inconstitucionalidad del régi i En consecuenci | cedente A Ao o las "nuevas leyes" sobre paralización de los desalojos vulneran el derecho de propiedad del recurrente, .

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales. Comunes.

Las leyes que disponen la mera suspensión transitoria del derecho a obtener :

el lanzamiento del inquilino no son violatarias de la Constitución Nacional; tal suspensión no representa sino una manifestación razonable y válida del poder de policía del Estado. ° :

Corresponde, en consecuencia, confirmar la resolución que dispone mantener | la paralización de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en la ley 14.775, aun cuando, como lo sostiene el actor, haya mediado una transacción judicial, equiparable por sus efectos a una sentencia ejecutoriada, en virtud de 4 la cual el demandado se habría comprometido a desocupar el inmueble litigioso.

DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL | Suprema Corte:

La paralización decretada a fs. 32 vta., con expreso y exclu- 3 sivo fundamento legal en la prescripción del artículo 1 de la :

ley 14.438, no hubiera podido mantenerse después del plazo esta- a blecido en dicha ley de no haberse sancionado otras posteriores, 1 entre ellas la: 14.775 que se invoca en la decisión de fs. 38. a Esta última decisión, pues, al no tratar el caso federal plan- | teado oportunamente en el escrito de fs. 37 equivale en mi opi- :

nión a una resolución contraria de ese caso y torna procedente 4 el recurso extraordinario interpuesto a fs.-39. a En cuanto al fondo del asunto, por las razones dadas al dic- | taminar el 17 de diciembre de 1958 en la causa "Nadur, Amar | e/ Borelli, Francisco s./ desalojo" y que "brevitatis causa" | doy por reproducidas, estimo que corresponde revocar el fallo Ñ apelado en lo que ha sido materia de recurso. Buenos Aires, 7 | de mayo de 1959. — Ramón Lascano. A FALLO DE LA CORTE SUPREMA j Buenos Aires, 24 de junio de 1959. 4 Vistos los autos: "García González, Mariano ce./ Vychers, a Adolfo y ocupantes s./ desalojo", en los que a fs. 41 vta. se ha | concedido el recurso extraordinario contra la sentencia del Señor 4 Juez Nacional de Paz de fecha 2 de julio de 1958. 4 a | L |

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Año: 1959, CSJN Fallos: 244:113 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-244/pagina-113

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