Buenos Aires. Ante tal declaración el juzgado, al advertir que el oficio diligenciado se hallaba redactado en términos no autorizados por pronunciamiento alguno, resolvió disponer que las cosas fueran restituídas a su estado anterior y pasó los antecedentes a la justicia represiva a efectos de la averiguación correspondiente, Consta asimismo en autos la denuncia formulada por el encargado de las islas en el sentido de que los ocupantes habrían hurtado de las mism: s diversas maderas y procedido a quemar un rancho allí existente, Tanto la Justicia de Instrueción de la cindad de Santa Fe (Provincia del mismo nombre), como la Justicia Nacional con asiento en la misma se han deelarado incompetentes para entender en estos actuados, por lo que corresponde la intervención de V, E, a fin de resolver el conflicto jurisdiecional planteado, de acuerdo a lo que estableee el art. 24, ine, $", de la ley 13.998.
Del testimonio obrante a fs. 102 de los antos prineipales se desprende que el Gobierno Nacional ha aceptado el legado efectuado a favor del Ministerio de Marina. Siendo ello así, soy de opinión, que el delito perpetrado lo ha sido en perjuicio de su patrimonio y que su juzgamiento, en consecuencia, debe corresponder a la justicia especial, La circunstancia de que no medie igual actitud por parte de la Universidad de Buenos Aires y de que en autos aparezcan cometidos otros delitos cuya investigación incumbiría a los jueces provinciales, no es óbice para arribar a aquella conclusión, por enanto de acuerdo con lo que dispone el art. 38 del Código de Procedimientos en lo Criminal, corresponde que, en casos como el presente, la justicia nacional entienda en primer término.
Por lo expuesto, opino que la presente contienda
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Año: 1954, CSJN Fallos: 230:513
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