Resultando:
d —] e supertiio aproximada de 25.909? e una 900 m.
o —— Piedrabuena s/n. y vías C.G.F.C.P.Bs.As.
Ofrece la suma de $ 154.350 m/n., importe de la valuación de contribución territorial y funda mi derecho en el decreto del P. E. 35.535/48 y en las leyes 12.966 y 19.264. Pide costas en caso de infundada oposición.
A fs. 18 y 69 contesta la demanda el Dr, Alfredo Andrés on Emaión de Gabriel Comas y sin cuestionar expropiación, no acepta el precio ol h considera inferior al real y estima en $ 466.944 m/n., o lo que remite de la medición exacta, a razón de $ 18 m/n. el m.?. Pide intereses y costas, y Considerando :
Que el valor total de la , Úmi to euestiona en autos, ha sido fijado por el Tribunal de Tmcio:
nes en $ 457.978,31 m/n., según acta de fs. 110 y conforme al = E mayoría de los miembros ponentes del citado Tribunal, con la única disconformidad del representante del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, reviste, a juicio del suscripto, validez de prueba fehaciente, no sólo por aquella amplia mayoría —nueve contra uno—. sino por el estudio que lo fundamentó, obrante de fs. 87 a 95, donde la Sala T° del mencionado organismo, después de analizar los antecedentes del terreno y considerar ventas comparables, hizo un minucioso cálculo de gastos e inversiones, así como del mayor valor producido por la subdivisión, detallando con el sistema de calificación zona todos los porcentajes referentes a narcelamiento, edificación, pavimentos, transpostes, vialidad, altimetría, servicios públicos e industria y comercio, para terminar aplicando los coeficientes del caso.
Te tal aituación, y mo existiendo en autos otros elementos dera emo come Jue ta lo expuesto, a + Haciendo lugar a del inarmeble, delete del rem Me Mo peón Federal, cireunseripción I, secciones 80 y 78, fracciones F. y G., superficie de 25.900 m.°, de o mún certificado de fa. 25/28 y titulos de Eo 00/07. dedertaao transferido el dominio del mismo al Estado Nacional Argentino,
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Año: 1954, CSJN Fallos: 230:104
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