nar la renta real de la propiedad, estudia su forma de explotación, y aplienudo los precios en dinero por arriendo del campo, concluye que la explotación ngrícola, con 690 Ha, a $ 27 cada una, representa un rendimiento de $ 15.630, y la de las tierras destinadas al tambo con 650 Ha, a 14 cada una, produce $ 9.100, La renta total por año se eleva así a $ 27.730, Si a esa sima se le de duee el 25 que el señor perito indien para sustos de administración y conservación, queda una esmtidad de € 20.797,50 como renta líquida anual. Pero el peritaje Nega a otras conclusiones, Fundado en los antecedentes estadísticos ya anotados, y de acuardo con el sistema de una explotación directa y racional, se revela a juicio del perito, que la renta obtenida por la propietaria en la forma de administración que usaba, fué mfima en relación n la que debía producir realmente el inmueble, y que eleva a la suma de $ 67.001,50.
Que el Sr. perito Enrique Echarie dietamina a Es.
225, Siguiendo los valores fijados por la Junta de Va mación de la Provincia de Santa Fe en 1948 y los índices de valorización que resultan del Boletín Estadístico del Instituto de Econometría de la Provincia de Buenos Aires, que usa en razón de ta similitud de esos suelos con los de la parte de la Prov. de Santa Fe que examina, llega a enlentar el valor fiscal del emmpo para el periodo 1946/48, y enpitalizando al 4,5 los valores de cada año, establece por fin, un promedio de renta anual jeual a € 17.202,10, Luego, basándose en los arrendamientos e dinero ahonados por los colonos en el campo de la actora, obtiene ma renta annnl de $ 17.959,90, cantidades que promediadas, expresan nta tm de $ 17581, equivalente a una renta mensual de $ 1465,10 que estima representativa de la utilidad razonable que ha debido rendir el enmpo de la actora, teniendo en enenta que la explotación se extendió a toda la super
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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:628
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