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Fallos: 225:109 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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DicrameN DeL Puocvraor GENERAL Suprema Corte:

En el juicio ejeentivo seguido por la razón social Medina y Castellino contra Manuel Madeo, el Juez Nacional de Comercio de la Capital libró exhorto al de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad Eva Perón pidiendo el secuestro de un automóvil propiedad del demandado. Las rogatorias obrantes a fs.

15 y 41, acreditan que la medida dispuestá no pudo cumplirse por cuanto el vehículo se encontraba depositado en la Comisaría de Policía de Morón (sección primera) a disposición del Juez en lo Civil y Comercial de la ciudad Eva Perón, Dr. Rafael T. Fernández, quien había solicitado su secuestro con anterioridad, en un juicio ejecutivo que tramita contra el mismo demandado Manuel Madeo (fs. 47).

Con las constancias de lo precedentemente expuesto fué diligenciada la rogatoria de fs. 41, e igual resultado obtuvo el nuevo despacho que corre a fs. 52. Ante esta situación, y a solicitud del apoderado de los actores se elevaron los nutos a V. E. para resolver el conflicto fs. 56).

A mi juicio no existe cuestión de competencia que competa dirimir a la Corte, puesto que el mejor derecho sobre el automotor debe ser cuestionado ante el magistrado que entiende en la demanda donde se dispuso y se obtuvo su secuestro.

No se trata tampoco de la negativa de que habla el .

art. 20 de la ley 13.998, aludido en el auto de fs. 39, puesto que se le han hecho conocer al juez exhortante las causas que impedían poner a su disposición el ve hículo, quedándole así al interesado expedita la vía para

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:109 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-109

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