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Fallos: 223:110 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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pueblo, de tal comunidad de ideales y emociones, de pensamientos y de obras, resulta la influencia trascendental de Eva Perón, en la vida argentina, su gravita ción sobre las soluciones políticas, sociales, jurídicas, culturales y espirituales de la Nación.

Una gran sombra se tiende ahora sobre la tierra de los argentinos; sobre las escuelas, sobre las fúbricas, sobre los hogares, sobre los campos donde está germinando el grano, sobre las almas en que está germinando siempre la esperanza.

Y en medio del silencio, recuerdo las palabras de amor para los niños, la encendida proclama en la plaza pública, la exclamación dolida ante el dolor ajeno, la frase amistosa en la tertulia familiar : todos los acentos de Eva Perón, hoy callados para siempre.

Y entre todas sus obras, pienso en sus escuelas, en sus policlínicos, en sus hogares de tránsito, en su Ciudad Infantil, en sus ancianos, en su Fundación, en sus mercedes. Pero pienso más en la labor que su espíritu generoso realizó en la esencia misma de la nacionalidad.

Ella demostró que siempre, siempre, liny esperanzas,.

Que el amor engendra el amor.

Que la solidaridad humana es algo más que una frase hermosa.

Que la adhesión a una gran causa, la lealtad con sacrificio, el renunciamiento, son el plasma vitalizador de nuestra raza.

Que el pueblo es uno, y que cada uno de sus hijos lleva en sí un valor trascendente.

Ella demostró que sin pasión nada es posible, y con su ejemplo quemó en el ardor de su pasión, ante el altar de su pueblo, los dones que una mujer común no cedería jamás, aún a costa de su vida: la juventud, la gracia y la belleza.

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Año: 1952, CSJN Fallos: 223:110 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-223/pagina-110

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