| $ 1.032.500,42 m/n., con más los intereses al tipo del 5 que se liquidarán por Secretaría desde la fecha de toma de pora, con deducción de lo ya entregado a cuenta de precio y a la fecha de su entrega. Con costas. — J, Noel Breard,
SENTENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES
Paraná, 19 de abril de 1951, Y Vistos:
El expediente caratulado °Proeurador Fiseal por Consejo Agrario Nacional c./ Herederos de Felipe Cabral s./ expropiación"', procedente del Juzgado Nacional de Primera Instancia de Corrientes en virtud de los recursos de nulidad y apelación interpuestos a fs, 439 y 440, contra la sentencia de fs.
433 a 438 vta., concedidos a fs, 439 vta. y 440 vta., respeetivamente; y Considerando :
En cuanto a la nulidad:
Que la aetora funda este recurso en presuntas omisiones del Juez a quo al pronunciar su fallo, tales como falta de análisis de la prueba, falta de motivación y omisión de pronunciamiento, lo que no resu'ta del cuerpo de la sentencia en recurso en la cual se hace referencia a los elementos probatorios agregados al juicio, se dan las razones que motivan su conclusión, y en cuanto a la omisión al resolver el punto 5° de la demanda, salta a la vista la falta de fundamento de esta imputación de la parte dispositiva del fallo en recurso, por lo que, conforme a los argumentos expuestos al respecto por la expropiada, y atento que también se entabló el recurso de apelación mediante el cual puedan repararse los agravios de la expropiante, se desestima la nulidad interpuesta.
En cuanto a la apelación :
Que tanto la parte expropiadora como la expropiada se hau disconformado con la sentencia recurrida de fs. 433 a 438 vía. manifestando sus gravios contra la misma en lo referente al valor asignado a la tierra expropiada y a las mejoras en ella existentes.
Que los conceptos doctrinarios expuestos por el Tribunal, al fallar con fecha 13 de julio del año próximo pasado la causa
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1338
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