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Fallos: 219:768 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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708 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA :

4 tirse a lo expresado en el considerando anterior sobre la É singularidad de cada uno de estos regímenes, que se oponen en principio a la aplicación analógica de dispol siciones de otro de ellos cuando la cuestión está resuelta por un precepto expreso, Por tanto y habiendo dictaminado el Sr. Procut rador General se confirma en cuanto ha sido materia del recurso la sentencia apelada de fs. 84.

Lus R. Loxa: — Tomás D.


E Casanes — FELIPE SANTIAGO
L Pérez — ArtiLio Pessaono.


L METRO GOLDWYN MAYER ARGENTINA v. NACION
É ARGENTINA
| RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Genevalidades.

1 Es procedente el recurso ordinario de apelación en tercera instancia interpuesto durante la vigencia de la ley 4055, si el monto discutido en el juicio en que es parte la Nación | excede de cinco mil pesos.

IMPUESTO A LOS REDITOS: Réditos del comercio, de la industria, profesiones, etc. , E A los efectos del cobro del impuesto a los réditos sobre el porciento de las entradas brutas obtenidas mediante la E explotación de las películas cinematográficas que una soL ciedad local debe pagar a otra extranjera que se las remif te, debe descontarse lo que se gustó pera producir las películas, o sea los gastos necesarios para , manL tener y comervar el rédito, y el no pudiera dteminare E así el beneficio neto, la Dirección estimarlos de ofi cio, equitativa y razonablemente, sobre la base de una utilidad mínima del 5 y según las normas establecidas L en los arts. 17 y 20 de la ley 11.682: con arreglo a la cual procede, en el caso, fijar dicho beneficio en el 10 de i .

E

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:768 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-768

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