LEANDRO GARCIA Y OTROS v. PROVINCIA DE BUE-
NOS AIRES
PRUERA: Peritos, El requerimiento de explicaciones a los peritos es facultad judicial y, si bien cabe decretarlo a instancia de parte, en presencia de la oposición deducida corresponde a la Corte Suprema decidir cuáles son las pertinentes (').
ANICETO UGARTE :
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples, Interpretación de las leyes federales.
Procede el recurso extraordinario fundado en la interpretación del decreto del 19 de diciembre de 1931, reglamentario de la ley 346.
CIUDADANIA Y NATURALIZACION.
La inhabilitación para obtener la ciudadanía establecida por el decreto del 19 de diciembre de 1931, reglamentario de la ley 346, respecto de quienes hayan sufrido condena criminal por delitos contra la propiedad, aun mediando indulto, conmutación o amnistía, tiene el carácter de una calificación mora! de quienes los han cometido, formulada en atención a la exirencia de conducta "irreprochable" que para otorgar aquélla impone el mismo precepto. Es, pues, ineficaz la invocación de haberse operado la preseripción de la pena para obtener la ciudadanía.
SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
Rawson, mayo 11 de 1949.
Autos y Vistos: Para resolver sobre el pedido de carta de ciudadanía argentina formulado a fs. 6/7 por don Aniceto Urarte y, 1 9 de marzo,
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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:160
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