también los ministerios públicos ocupan dependencias del edificio del juzgado indispensables para éste e insuficientes para el destino que se les ha dado.
Ni en el juzgado n? 2 de Posadas ni en el n" 3 de Resistencia ni en el de Formosa hay residencia particular para el juez. Para el resto del personal de la justicia no la hay en ninguna de las ciudades visitadas.
2. Los muebles y útiles son extremadamente insuficientes y deficientes en casi todos los locales visitados.
Muchos de los muebles han sido obtenidos en préstamo de otras dependencias nacionales y aun de los propios empleados, y en numerosos casos los mostradores y estanterías debieron improvisarse del modo más precario. En esas condiciones el debido ordenamiento de los expedientes se hace imposible y falta para su guarda toda seguridad. He comprobado que lo que se expresa en los memorandums que requerí sobre el particular a los jueces y funcionarios del ministerio público tra- , duce fielmente esta realidad.
En cuanto a los instrumentos de trabajo —libros de secretaría, útiles y máquinas— la insuficiencia es también muy grave e imposible de remediar con la ac- :
tual partida de gastos que es cn cada juzgado de $ 300 mensuales.
3. En aquellos lugares la biblioteca es un instrumento de trabajo que si el juzgado no lo tiene es, por lo general, casi imposible poderlo hallar fuera de él. Está demás encarecer la importancia de un instrumento se- S mejante. Sin embargo, todos los juzgados carecen por completo de él, salvo los casos en que los jueces han puesto a su servicio la biblioteca particular de que disponen. Es de suma importancia poner remedio a este estado de cosas porque de ello depende en buena parte la jerarquía del trabajo jurídico realizado por los jueces. Por lo demás, estas bibliotecas podrán funcionar
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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:155
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