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Fallos: 210:248 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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caso del inc. 3" se procederá por orden de turno conforme a lo dispuesto por el art.

a 3 de la ley 935.

o 163) Las cámaras federales adoptarán las meea didas de inspección y disciplina concernientes al ejercicio de la superintendencia sobre todos los funcionarios y empleados de su jurisdicción y decidirán los casos concretos de esta naturaleza que se planteen.

Deberán, además, proveer lo necesario para-el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 677 y siguientes del Código de Procedimientos Criminales.


JUECES FEDERALES Y LETRADOS
Firma y 164) Los jueces federales y letrados deberán e firmar el despacho de trámite y dar audiencia a los litigantes todos los días hábiles.

Notifica. 165) Las notifienciones por cédula que preserie ben las leyes 50 y 3649 se harán por el secretario o por el empleado que el juez designe en cada caso.

Libertad 166) Antes de acordar el beneficio de la liberrenticional, tad condicional, los jueces federales y letrados deberán requerir informe a la Dirección General de Institutos Penales, en los casos en que el solicitante se encuentre recluído en alguno de los establecimientos dependientes de dicha institución, o n la dirección de los respectivos establecimien tos carcelarios en caso contrario, acerca del cumplimiento de los reglamentos de los

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:248 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-248

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