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Fallos: 210:243 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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residir en éste, La presencia de alguno de ellos en el edificio será obligatoria en todo momento.

rice 145) El intendente deberá adoptar las medidas y correspon- necesarias para el cumplimiento de las disdencia, posiciones referentes a la vigilancia del Palacio, cuidando especialmente lo relativo a la entrada y salida de personas y bultos fuera del horario de los tribunales.

Comunicará al secretario de superintendencia las novedades que ocurrieran en el Palacio y dispondrá lo necesario para la recepción y distribución de la correspondencia.

Telaciones 146) El intendente deberá atender las indicae Con ciones de los funcionarios de la justicia federal y ordinaria con asiento en el Palacio y satisfacerlas en cuanto de él dependiera.

Deberá poner de inmediato en conocimien to del secretario de superintendencia cualquier pedido que exceda sus atribuciones.

— 147) Corresponde al intendente acompañar hasta las dependencias de la Corte Suprema a los visitantes oficiales de la misma.

L Nepiatros, 148) Aden.ás de los registros de órdenes de com po pras y de facturas y del personal, la intenFirma. dencia llevará las anotaciones y legajos convenientes para el mejor desempeño de sus funciones. Podrá suscribir las comunicaciones y documentos referentes a las funciones que le acuerda esta reglamentación.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:243 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-243

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