no eran suyos sino de la mujer que convivía con él, a quien legó parte de sus bienes; d) Nunca se desentendió de la marcha de sus negocios en Buenos Aires y, por lo contrario, realizó viajes periódicos a esa ciudad (declaraciones de su médico Dr. Caciro y de los testigos D'Huicque y Garbesi a fs.
21 vía., 30 y 30 vta. del incidente sobre competencia) concurriendo en esas oportunidades asiduamente a la fábrica y tomando las disposiciones necesarias para la buena marcha de la misma, que no descuidaba ni aun estando en Córdoba (declaraciones de sus socios, del apoderado de la firma y albacea del causante y de otros testigos a fs. 181, 182, 187, 190, 191, 211 del juicio sucesorio tramitado en la Capital Federal); e) En numerosas oportunidades, desde su traslado a Córdoba hasta poco antes de su fallecimiento, el causante expresó a varias personas de su amistad su firme propósito de regresar definitivamente a la Cap.
Federal a fin de ocuparse más de cerca de la marcha de los negocios sociales, a cuyo efecto, y no obstante haber adquirido el chalet en Córdoba, hizo realizar diversas gestiones tendientes a instalarse en un sanatorio próximo a la fábrica (declaraciones de fs, 181, 182, 187, 190, 191, 211 del expediente sucesorio tramitado en Buenos Aires).
Que todas esas circunstancias ponen de manifiesto el firme propósito del causante de no ahandonar el centro de sus actividades, de mantenerse en continuo y estrecho contacto con él y de retornar al mismo tan pronto como el estado de su salud lo permitiera. Ellas impiden atribuir a las manifestaciones sobre el domicilio contenidas en el testamento, un alcance claro y preciso y mucho menos el valor decisivo que en otros casos les ha reconocido la jurisprudencia de la Corte Supre
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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:240
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