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Fallos: 206:388 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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ss FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
DICTAMEN DEL ProcuraDor GENERAL
Suprema Corte:

El recurso ordinario de xpelación (art. ?, ine, 3, ley 4.055) interpuesto a fs, 81 vta. procede en este caso ya que la cantidad en disputa es superior a los $ 5.000 m/n. a que se refiere la precitada disposición legal.

b No sucede lo mismo con el de fs. 84 por cuanto, en ningún supuesto, el monto de las costas podría llegar a la precitada suma. La demanda es por pesos 11.477.19 m/n. y la sentencia de fs, 81 condena al fisco nacional a pagar esa cantidad.

Corresponde, pues, declarar mal concedido este último recurso. — Bs. Aires, noviembre 30 de 1945. — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 18 de diciembre de 1946.

Y vistos los autos "Papa, Pascual e. Fisco Nacional (Dir. Gral. del Imp. a los Réditos) sobre devolución", en los que se han concedido los recursos ordinarios de apelación interpuestos por ambas partes a fs. 81 vta. y 84 contra la sentencia dictada a fs. 81 por la Cám. Fed. de la Capital.

Considerando :

Que se trata de saber si la transformación de troncos de árbol descortezados, tal como salen del obraje, en tablones y listones importa "transformación

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Año: 1946, CSJN Fallos: 206:388 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-206/pagina-388

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