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Fallos: 205:198 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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198 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA €) Se trata de una adulteración incompleta, pues aparte de apreciarse fácilmente la enmienda, basta observar la foja 3 de la libreta, donde figura de «alta en el servicio militar de 1929, para que resalte la falsedad.

Por estas consideraciones y de conformidad con las disposiciones legales citadas, fallo absolviendo de culpa y cargo a Romualdo Allende, por la infracción al art, 28 de la ley 11.386 que se le imputara. — Horacio García Rams.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
La Plata, abril 5 de 1946.

Considerando:

Que, absuelto de culpa y cargo el procesado Allende, del delito que le imputara el Min. Fiscal: infracción al art. 28: de la ley 11.386, y para quien solicitó la pena de un año y seis meses de prisión con costas, el señor representante del Min.

Público interpuso el recurso de apelación el que fué conce- dido a fs. 60 vta. , Que, la cuestión que se plantea en esta oportunidad no es otra que la ya estudiada y resuelta por este Tribunal en fecha " 23 de junio de 1944 en el proceso caratulado "De Langhe Enrique o Diessler Luis Manuel s. adulteración de su libreta de enrolamiento"". - . .

En él se estableció, como o expresa el Sr. Proc. Fiscal de Cámara a fs. 62, que la adulteración de la libreta de enrolamiento, que reprime el art. 28 de la ley citada 11.386, constituye un delito formal, no siendo necesaria la existencia del — perjuicio o su posibilidad a los efectos de su configuración.

"Tratándose —dijo este Tribunal— de un delito formal en el que no se requiere para su perfección la realización del propósito delictuoso, no es necesario contemplar la idoneidad de su factura, que puede estar constituída por la alteración de cualquiera de los datos consignados en el instrumento, para que la vicien en su valor y caiga su acción en la penalidad fijada por el citado art. 28". - .

En mérito de lo expuesto probado —como está— el hecho imputado, oída la defensa y de acuerdo con lo dictaminado por el Sr. Proc. Fiscal de Cámara, se revoca la sentencia de fs. 59, .

condenándose a Romualdo Allende a sufrir la pena de un N

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Año: 1946, CSJN Fallos: 205:198 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-205/pagina-198

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