192 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 6 de julio de 1945.
Y vista la precedente causa caratulada "La Química Bayer S. A. contra Alderman Lowel E. por usurpación de marea" en la que se ha concedido el recurso extraordinario a fs. 266 vta.
Y considerando:
Que la sentencia apelada no se funda en la inexistencia de los hechos que la querellante imputa a D.
Lowel E. Alderman —consistentes en los términos de su presentación de 28 de septiembre de 1942 a una licitación pública y el conocimiento del registro de las marcas de "La Química Bayer"— sino en la conclusión a que llega de que aquéllos no configuran el delito de usurpación de marca previsto en el art. 48 de la ley 3975. Que se ha dado por lo tanto a esa norma federal una inteligencia contraria a la propugnada por la querellante, que fundó en ella el derecho que invocó y el recurso que interpuso y que procede, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14, ine. 3", ley 48 —Fallos:
192, 200; 195, 166 y otros— lo que así se declara.
Y considerando en cuanto al fondo del asunto:
Que el art. 48 de la ley 3975 sanciona no solamente la adjudicación de la marca ajena a efectos propios, sino también el uso que se haga de ella. — PovirLer, Marques, N' 296 y sigtes.; CarPenTIEr, Repertoire, verbo: "Contrefagon"° N" 1157 y sigtes.
Que sin duda el simple uso para ser punible, de
Compartir
95Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1945, CSJN Fallos: 202:192
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-202/pagina-192¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 202 en el número: 192 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
