RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no Jederales. Interpretación de normas y actos comunes.
No es cuestión federal la que versa sobre la interpretación de una cláusula contractual referente a prórroga de jurisdicción, JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas.
La circunstancia de que no a todos los integrantes de la sociedad que invocó el fuero federal ratione personac corresponda el fuero federal por la misma esusa, sino a unos por ser argentinos vecinos de distinta provincia y a otros por ser extranjeros, no obsta a la procedencia de dieho fuero.
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
Paraná, 10 de abril de 1943.
Y vistos:
Considerando :
I. — Que el canso sub-eramen difiere del resuelto por esta Sala en fecha de ayer, entre las mismas partes, porque en autos el litigio versa sobre derechos nacidos de un contrato, sujeto bajo ese aspecto al régimen del derecho común; en consecuencia resulta así configurada "la causa civil" a que se refiere el art, 2 de la ley 48 (Fallos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, t. 95 pág. 369; 181 púg. 142 y 183 pág. 429). En el otro caso la actividad en juego de la municipalidad actora, era en su carácter de poder público y en ejercicio de facultades derivadas de tal jerarquía; lo que excluía la revisión de la justicia federal, con arreglo a la doctrina de la Suprema Corte en la materia (Fallos ts. 178 pág. 243 y 188 pág. 82).
II. — Que no resulta en el caso de autos, que en virtud de una convención, la empresa concesionaria haya constituído domicilio especial, ni haya optado por la jurisdicción ordinaria a los efectos emergentes del contrato de concesión. Los fundamentos expuestos por el a qu, en auspicio de esta interpretación son decisivos, III. — Que no obstante ello tampoco procede el fuero federal en el caso sub judice. En fundamento de la excepción
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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:29
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