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Fallos: 2:25 de la CSJN Argentina - Año: 1865

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plió lo prometido en su correspondencia, ocasionando con ello unacuestion de daños y perjuicios.

El artículo 718 del Código de Comercio no esaplicable al presente caso, porque repito, se trata de un capital de 37,095 pesos 72 cts. con intereses anticipados por dos años, y no de un capital efectivo de 44,535 pesos 56 cts.

Para concluir debodecir, que es hasta criminal exijir intereses sobre intereses anticipados.

Camilo Aldao.

Fallo de la Suprema Corte.

Buenos-Aire:, Mayo 9 de 1865.

Vistos: Los fundamentos del presente recurso de apelacion interpuesto por el apoderado de Don Claudio Manterola del auto de foja ciento veinte y tres, que aprueba la liquidacion practicada por Don José Souza Rodriguez de las cuentas referentes á la venta que aquel hizo á D. Eugenio Bustos, de una partida de espumillas y sombreros, arreglando que el pago del precio que ascendió a treinta y sietemil noventa y cinco pesos setenta y dos centavos, se verificase en ganados que debia entregar Bustos en la República de Chile, y en dos plazos, con el interés de siete mil cuatrucientos treinta y nueve pesos ochenta y cuatro centavos, distribuido en los mismos y pagadero en la misma especie; resultando que las observaciones que se oponen á la aprobacion de la dicha cuenta se reducen á lassiguientes: Primera: que estipulándose en el artículo séptimo del contrato consignado en la escritura pública de foja cinco, que Bustos satisfariaen el primer plazo que venció el primero de Mayo de mil ochocientos sesenta y uno, la cantidad de trece mil trescientos trece pesos ochenta y ° ocho centavos por capital, y cuatro mil quinientos ochenta y seis pesos doce centavos por intereses, y habiendo entregado dentro de él un valor escedente en ganados, el liquidador solocancela la primera partida, y aplica el remanente como pago anticipado, al capital del segundo plazo, haciendo figurar en la suma que resulta contra Bustos, a

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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-2/pagina-25

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