Guiñazú á favor de José Galarraga y sobrinos, vecinos de Buenos Aires, se presentaron al juez Nacional de Mendoza pidiendo el reconocimiento de firma de Guiñazú para entablar la via ejecutiva.
Reconoció Guiñazú el documento y firma, pero hizo presente al juzgado Nacional que el valor de dicho pagaré lo tenia á disposicion del juez de Comercio de la Provincia que lo hizo embargar, á solicitud de Joaquin Ortiz, y pidió que, previo informe del juez de Comercio, se suspendiera todo procedimiento.
El juez Nacional ordenó el depósito del dinero y pidió el informe solicitado.
El juez de Comercio informó trascribiendo los autos espedidos á solicitud de Joaquin Ortiz, vecino de Mendoza, quien, siendo acreedor de José Galarraga y sobrinos, habia pedido' y obtenido el embargo del crédito de Galarraga contra Guiñazti, bajo su responsabilidad.
Guiñazú hizo el depósito ordenado.
En este estado Joaquin Ortiz pidió al juez de Comercio que se le entregasen los autos iniciados con los señores Galarraga y sobrinos, y obtenídolos se presentó con ellos al juez de Seccion con unas cartas de Galarraga, reproduciendo ante él la demanda entablada ante el juez de Comercio, y dice:
Siendo yo acreedor de Galarraga y sobrinos, por 1276 $ 3 y 1/2 reales, como resulta del espediente y cartas acompañadas, pedíal juez de Comercio se embargara en poder de Guiñazúla cantidad de 1038$ oro que este debia á mis deudores, (talarraga y sobrinos, Efectuado el embargo deduje mi demanda en ferma, pidiendo exhorto citatorio para los referidos señores Galarraga y sobrinos. Miéntras se esperaba la diligencia del exhorto, los señores Galig-" niana y Villanueva demandaron á Guiñazú (por la cantidad que á mi solicitud habia sido embargada), en virtud de habérseles endosado el pagaré estendido á favor de mis deudores.
Por las cartas acompañadas resulta que Galarraga y sobrinos se obligaroná pagarme con los primeros fondos
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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:178 
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