res de cáleulos, liquidaciones o nforos no advertidos por el comerciante o por la Aduana antes de la cancelación del doenmento equivocado y es inaplienble al caso en que se Teclama la devolución de derechos aduaneros en virtud de lo dispuesto en el art. 134 de las Ordenanzas de Aduana, caso enel cual rige la preseripción deeenal, Página 44.
AFIRMADOS. " 1. La contribución de mejoras sólo se justifica por razón del beneficio partientar que recibe el contribuyente, debiendo existir entre ambos una prudente equivalencia part que la primera no importe una confiscación. Páginas 369 y 378.
2. La contribución de pavimentos que excede al beneficio que recibe la propiedad afectada y representa más de la tercera parte del valor del innmeble, importa tina exacción violatoria de los arts. 16 y 17 de la Constitución Nacional. Página 60, 3, La contribución de pavimentos que contra un beneficio «del 25 7 que obtiene el dueño del inmueble, le substrae alrededor de un 40 57 del valor del mismo así como de la renta que produce, importa una exacción violatoria de los arts 16 y 37 de la Constitución Nacional, Página 575.
AUTARQUIA.
La Dirección General del Impuesto a los Wéditos es tan sólo una nutoridad administrativa que únieamente tiene a ¿1 cargo el mecanismo, la apliención y percepción de eravámenes y no puede ser considerada como entidad antárquien. Pásina "37.
B
BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
Principios acnerales.
1. Las moditienciones que la ley 12.159 introdujo en la anterior ley orgánica del Banco Hipotecario Nacional en cuanto ala constitución de su directorio, al dar participación en el mismo a entidades privadas, no han hecho perder a dicho hanco el carácter que le asigna el art. 67, ine. 59 de la Constitución Nacional, las leyes núms, S172 y 10.657 y la jurisprudencia de la Corte Suprema. Página 451.
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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:544
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