CODIGO CIVIL.
PODER LEGISLATIVO.
PROVINCIAS: Poderes. Delegados.
Tanto las provincias como el Congreso cuando actúa como legislatura local están obligados a uentar el Código Civil, que regla el derecho sucesorio con cáracter general para todo el país, conforme a los arts, 67, ine, 11, 108 y 31 de la Constitución Nacional, DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Derecho de propiedad. Derecho de testar.
SUCESION,
La herencia no es, en muestro país, un privilegio que Mora de la ley sino una institución asegurada en la' República por la Constitución Nacional, con la intangibilidad Ñ preeminencia propias de las garantías consignadas en ella.
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Derecho de propiedad. Derecho de testar.
IMPUESTOS: Confiscación.
IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA: Determinación eel impuesto. Tasa del impuesto, A diferencia de lo que ocurre con el impuesto a la renta o con los impuestos indirectos, un gravamen a la transmisión de un legado que representa más de la tercera parte del valor de los bienes, es confiscatorio y violatorio de los derechos de propiedad y de testar asegurados por los arts. 14, 17 y 20 de la Constitución Nacional.
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales. Impositivas.
IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA: Determinación del impuesto. Tasa del impuesto.
El art. 30 de la ley N" 11.287 vulnera también el art. 67, ine. 16 de la Constitución Nacional, cuando grava en forma confiseatoria a los bienes transmitidos que han venido del exterior a colocarse en el puís.
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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:160
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