PASTOR C. VALENZUELA
BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
El Baneo Hipotecario Nacional es una institución de Estado fundada con un propósito de utilidad general, a la cual se han dado facultades de amplitud y carácter especiales a objeto de garantizar el interés de los prestatarios que necesitan enpital y el de los tenedores de cédulas que lo facilitan con garantía de la Nación,
BANCO HIPOTECARIO NACIONAL,
El art. ?, ine. ? sub ine, h) de la ley 10,676 tiende a facilitar a los empleados permanentes de la administración nacional la adquisición de una vivienda propia, ereando a su favor la excepción de que se les E. otorgar hasta el 80 del valor de tasación del bien, y a favor del Baneo Hipotecario —para compensar la disminución de la garantía hipotecaria que ello implica— otras seguridades suplementarias como la estabilidad y seriedad del empleado y la regularidad y continuidad en el servicio de la deuda mediante el descuento directo de los haberes de aquél a realizarse por el quier administrador mientras el mismo perciba sueldo o jubilación del Estado.
BANCO HIPOTECARIO NACIONAL,
La remisión a las reglas ordinarias que rigen los préstamos del Baneo Ilipoteenrio Nacional, a que se refiere la última parte del art. ?", inc. 2, sub ine, h) de la ley N" 10,676 en caso de falta de eumplimiento, no exime al Estado de la obligación de efeetnar los descuentos al empleado y transferirlos al Banco mientras la deuda subsista y sólo puede ser interpretada en el sentido de que aquellas reglas serán aplicables cenando el deudor ha dejado de ser empleado o jubilado o cuando el préstamo queda con enráeter ordinario de acuerdo a lo preseripto en la cláusula respectiva del convenio.
BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
CONCURSO CIVIL.
Las cireunstancias de que el empleado nacional deudor del Baneo Hipotecario con arreglo al art. 2, ine. 2", sub
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Año: 1941, CSJN Fallos: 189:43
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