Disimescia Buenos Aires, noviembre 25 de 1938.
Y Vistos: El recurso extraordinario a que se refiere el anto de fs, 152; y Considerando:
Que en la sentencia recurrida se ha plantendo el enso del poseedor de un inmueble que ejeentaba el Baneo Hipotecario Nacional sin que tal poscedor nparezca vinculado al dendor y se discute si después de realizada ln venta y aprobada por el Directorio (art. 71, ine, 4' de la Ley Orgánica) pudo ser desalojado por los procedimientos administrativos del Banco para ser entregado el bien al adquirente libre de toda posesión extraña. El tribunal provincial se ha pronunciado en eontra sosteniendo In tesis de que los terceros no pueden ser privados de su posesión sin antes ser vencidos en juicio, debiendo interpretarse las facultades de la institución como referidas "a sus relaciones con los deudores solamente, 0 con los tenedores a nombre de éste", Que en este reenrso se ha planteado una encstión de derecho exactamente igual a la que la Corte Suprema ha,-considerado y resuelto en la fecha de hoy suscitada pe: los hermanos Desiderio e Isaura Quiroga contra el Banco Hipotecario Nacional y un comprador Benito Martínez, en la enal se ha hecho el examen de las ineultades acordadas por su Ley Orgánica n Ia institución en los casos de ejecución administrativa y de venta en remate de las propiedades gravadas y su extensión con respecto a tereeros poseedores de las mismas en sus diversas modalidades, siendo la solución a
Compartir
77Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1938, CSJN Fallos: 182:328
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-182/pagina-328¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 182 en el número: 328 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
