Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 179:6 de la CSJN Argentina - Año: 1937

Anterior ... | Siguiente ...

DicramEs ven Procenanor GENERAL Suprema Corte:

El recurso extraordinario traido a resolución de Y. E, ti por origen la existencia de dos fallos con tradietorios neerea de la interpretación de ciertas elún sulas de un eontrato-concesión celebrado entre ta Municipalidad de Buenos Aires y la Cía, Hispamo Amerienna de Electricidad, para suministro de energía y luz al vecindario, Con fecha 23 de agosto de 1933, el vecino de esta ciudad don José Bacci, entendiendo que se le cobraba por el uso de lu corriente eléctrica más de lo autorizado en dicho contrato-concesión, entabló demanda ante el señor Juez Federal doctor Sarmiento, a fin de obtener se condenase a la C.ILA.D.E, a devolverle las sumas que el actor reputaba indebidamente cobradas, Durante el trámite de este juicio, y antes de que el Juez dictara fallo, la C.ILA.D.E. y la Municipalidud, en cumplimiento de lo pactado en el referido convenio, sometieron a laudo arbitral diversas controversias relativas a lu interpretación que debía dársele, y entre ellas la misma que Bacei había planteado en su demanda de 1933, :

A partir de ese momento, se siguieron paralela mente los dos juicios: uno, correspondiente al fuero común, ante los árbitros; otro, ante el fuero federal.

Este último obtuvo antes sentencia de primera instancia abril 25 de 1935, fs. 426), y en clla se deelaró que la interpretación dada por Bacei al contrato-concezión era correcta, procediendo, por lo tanto, las condenaciones pedidas contra la C.H.A.D.E, Mientras tramitaba la apelación interpuesta por ei

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

102

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1937, CSJN Fallos: 179:6 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-179/pagina-6

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 179 en el número: 6 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos